A partir del 29 de noviembre, a través de su publicación en el Registro Oficial No. 134, está en vigencia el ‘Reglamento Sanitario de Etiquetado de alimentos procesados para el consumo humano’.

Esta normativa determina que las industrias deben informar los niveles de grasas, sal y azúcar que contienen los productos procesados de consumo humano en las etiquetas de cada producto.

El Reglamento brinda un plazo de 180 días contados desde su publicación en el Registro Oficial, para que se acojan a esta medida las medianas y grandes empresas que fabrican, importan y comercialicen alimentos procesados y para las pequeñas empresas un plazo de 360 días.

 

Reglamento sanitario de etiquetado de alimentos procesados Instructivo de autorización de etiquetado de alimentos Procesados

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