Definición:

La Notificación Sanitaria de Alimentos Procesados es un certificado que permite su importación y comercialización bajo los requisitos de la normativa vigente, para garantizar que sea inocuo para el consumo humano.

Alimento procesado.- Es toda materia alimenticia natural o artificial que para el consumo humano ha sido sometida a operaciones tecnológicas necesarias para su transformación, modificación y conservación, que se distribuye y comercializa en envases rotulados bajo una marca de fábrica determinada. El término alimento procesado, se extiende a bebidas alcohólicas y no alcohólicas, aguas de mesa, condimentos, especias y aditivos alimentarios.

Excepciones: Los alimentos que no requieren Notificación Sanitaria son

  • Productos alimenticios en estado natural como: frutas y vegetales frescos y otros productos.
  • Productos alimenticios de origen animal sean éstos crudos, refrigerados o congelados, incluyendo productos cortados; siempre y cuando no hubiesen sido sometidos a procesos tecnológicos de transformación, modificación y conservación. Se incluye huevos en estado natural y miel de abeja.
  • Granos secos en cualquier presentación, excepto arroz precocido.
  • Semillas como ajonjolí, girasol, pepas de zambo y otras similares que no hubieren sido sometidas a ningún proceso tecnológico de transformación, modificación y conservación.
  • Frutos secos con cáscara (como nueces con cáscara).
  • Materias primas alimenticias en general, aditivos alimentarios y productos semielaborados sin fines de venta directa al consumidor final.
  • Muestras sin valor comercial destinadas a estudios de mercado y pruebas interlaboratorio, investigación, desarrollo, pruebas de laboratorio y ensayos.
  • Productos de panadería y pastelería que por sus características de composición son de consumo diario o inmediato;
  • Comidas listas empacadas de consumo diario, en cuyos empaques se incluirá la fecha de elaboración.
  • Alimentos procesados elaborados en líneas de producción certificadas con Buenas Prácticas de Manufactura.

Solicitud de Notificación Sanitaria:

  1. La Planta de Alimentos deberá tener Permiso de Funcionamiento Arcsa vigente.
  2. Ingresar a VUE para realizar la solicitud.
    1. Registro de Representante Legal o Titular del Producto
    2. Registro del Representante Técnico
  3. En el sistema se consignará datos y documentos:
    1. Descripción e interpretación del código de lote.
    2. Diseño de etiqueta o rótulo del o los productos.
    3. Especificaciones físicas y químicas del material de envase, bajo cualquier formato emitido por el fabricante o distribuidor.
    4. Descripción general del proceso de elaboración del producto.
    5. En caso de maquila, declaración del titular de la notificación obligatoria.
    6. Para productos orgánicos se presentará la Certificación otorgada por la Autoridad competente correspondiente.
  4. El sistema emitirá  una  orden  de  pago  de acuerdo a la categoría que consta en el Permiso de Funcionamiento otorgado por la Agencia, el cual debe ser acorde al tipo de alimento a notificar.
  5. Después de la emisión de la orden de pago el usuario dispondrá de 5 días laborables para realizar la cancelación,  caso  contrario   será  cancelada  dicha  solicitud  de  forma definitiva del sistema de notificación sanitaria.  El comprobante debe ser enviado a la siguiente dirección: arcsa.facturacion@controlsanitario.gob.ec para la confirmación del pago.
  6. El Arcsa revisará los requisitos en función del Perfil de Riesgo del Alimento, en 5 días laborales.
    1. Riesgo alto: se realizará la revisión documental y técnica (verificación del cumplimiento de acuerdo a la normativa vigente);
    2. Riesgo medio y bajo: se realizará revisión del proceso de elaboración del producto y en caso que no corresponda al producto declarado se  cancelará la solicitud; y se realizará una revisión de los ingredientes y aditivos utilizados, verificando que sean permitidos y que no sobrepasen los límites establecidos; el usuario, posterior a la notificación, podrá solicitar la revisión de los documentos ingresados.
  7. Una vez realizado el pago, la Agencia podrá emitir observaciones si fuera el caso. Las rectificaciones se deberán hacer en máximo 15 días laborables y únicamente se podrán realizar 2 rectificaciones a la solicitud original, caso contrario se dará de baja dicho proceso.
Guía del Usuario:

Vigencia:

La Notificación Obligatoria del producto tendrá una vigencia de 5 años, contados a partir de la fecha de su expedición y podrá renovarse por períodos iguales. (Reinscripción).

En caso de cambios en el producto se deberá solicitar una Modificación de la Notificación.

Código de la notificación sanitaria:

El código alfanumérico de la Notificación Obligatoria permitirá identificar al producto alimenticio para todos los efectos legales y sanitarios, el mismo que será único para el producto y se mantendrá inalterable durante su vida comercial.

Costo:

Las tasas vigentes las puede descargar aquí

Tiempo promedio de emisión de Notificación Sanitaria  de Alimentos: 

20 días

IMPORTANTE: El tiempo de entrega de la Notificación Sanitaria podría variar de acuerdo a la respuesta de las subsanaciones presentadas durante el proceso.

Consultas técnicas:

  • atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
  • Troncal: 04-3727440
  • Dirección: Ciudadela Samanes, y Av. Paseo del Parque, Av. Francisco de Orellana, Guayaquil

Más información de Interés: