Luego de las inspecciones realizadas en diferentes establecimientos de su jurisdicción, personal técnico de la coordinación Zonal 1 de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria, Arcsa, constató que algunos de ellos no presentaban las condiciones higiénicas adecuadas ni una manipulación correcta de alimentos, así como otros que distribuían productos sin registro sanitario y caducados.

Posterior al control, se sugirió la aplicación de los parámetros sancionatorios a estos establecimientos por el incumplimiento del artículo 146 de la Ley Orgánica de Salud, que determina que: “En materia de alimentos se prohíbe: (…) e) El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas”.

Las autoridades sanitarias de control procedieron al cierre temporal  de tres establecimientos de alimentación colectiva, uno de ellos en Otavalo y un establecimiento de venta de productos naturales donde se detectó la venta de productos caducados y sin registro sanitario ecuatoriano.

Dentro de las competencias de Arcsa, se procede a la verificación del establecimiento y se deja recomendaciones de mejora para una nueva inspección; si en esta visita se mantienen las irregularidades, se sugiere a las autoridades la clausura del establecimiento por tres días con una sanción pecuniaria de diez salarios básicos. El establecimiento que reincida será clausurado definitivamente.

El control y verificación a establecimientos de alimentación colectiva y centros naturistas se realiza permanentemente como uno de los objetivos de Arcsa para cumplir su compromiso de precautelar la salud de los ciudadanos.

 

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