Fecha de publicación: 12/07/2024

El pasado miércoles 11 de julio, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) desarrolló un amplio control en los establecimientos sujetos a vigilancia sanitaria del cantón Guaranda, en Bolívar, el cual dio como resultado la clausura de tres locales por incumplir con la normativa sanitaria vigente.

Durante la mañana fueron aproximadamente 16 comercializadoras de alimentos las inspeccionadas por los técnicos, en donde no se hallaron novedades que atentan a la salud del consumidor. Sin embargo, se brindaron las recomendaciones oportunas sobre la venta de tabaco que cumpla con la XIII ronda de pictogramas (imágenes de advertencia sobre afectaciones que se provocan por consumir el producto).

Para la tarde, se ejecutaron controles en los establecimientos de alimentación colectiva del sector de la “Plaza Roja”, en donde se hallaron deficientes condiciones antihigiénicas en dos de ellos. En el primero, la principal irregularidad fue la presencia de plagas cerca de las proteínas que se utilizan para preparar los platillos y así mismo sobre y por debajo del congelador. En el segundo, se evidenció gran cantidad de heces de ratones, mala ubicación del veneno para ratas, falta de aseo profundo en el restaurante como tal, alimentos mal almacenados y en contacto con el piso, entre otras acciones.

Y para finalizar, se desarrolló un control a un supermercado en donde se encontraron 284 productos entre condimentos, fideos y harinas sin Notificación Sanitaria, fecha de elaboración y caducidad, semáforo o sistema gráfico nutricional, entre otros aspectos que deben de contar en el empaque.

Estas acciones van en contra de la Ley Orgánica de Salud en los artículos 140 y 146, los cuales en temas de alimentos expresan “Queda prohibida la importación, comercialización y expendio de productos procesados para el uso y consumo humano que no cumplan con la obtención previa de la notificación o registro sanitario, según corresponda, salvo las excepciones previstas en esta Ley”. Y “El procesamiento y manipulación en condiciones no higiénicas”, respectivamente. Y, así mismo, su sanción es de diez salarios básicos unificados del trabajador en general y clausura temporal o definitiva del establecimiento correspondiente.

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