Fecha de publicación: 28/08/2024

Durante los controles ejecutados por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) en el cantón Salitre, en Guayas, se detectó un establecimiento farmacéutico que mantenía para dispensación más de mil medicamentos irregulares, por lo que se procedió con la clausura inmediata.

Productos sin registro sanitario, caducados y muestras médicas de venta prohibida fueron los fármacos que se hallaron en las perchas de esta farmacia para su comercialización. Fue un total de 1193 fármacos, que fueron decomisados. Además, el local no contaba con el reporte de dispensación de psicotrópicos que mensualmente cada establecimiento debe de informar obligatoriamente a la autoridad sanitaria.

Estas acciones van en contra de lo estipulado en la Ley Orgánica de Salud, artículos 140 y 170, que dictan la venta de medicamentos con la previa obtención del Registro Sanitario; no estar caducados ni mucho menos ser muestras médicas, las cuales está prohibida su venta al público; respectivamente.

En cambio, para el reporte de psicotrópicos, la Ley Orgánica de Prevención Integral Fenómeno socio Económico Drogas, en su artículo 30 obliga “reportar mensualmente (…) a la Autoridad Sanitaria Nacional, los datos reales sobre su elaboración, existencia y venta, dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente”. Y la sanciona con una multa de tres a cinco salarios básicos del trabajador en general.

Los responsables técnicos de las farmacias están obligados a verificar y reportar los movimientos de los medicamentos que están sujetos a vigilancia y control sanitario, a fin de dar una correcta dispensación al público y cumplir con lo estipulado en la ley.

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