Técnicos de la Coordinación Zonal 3 de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) realizan el control diario de la publicidad de los productos de uso y consumo humano; entre ellos: Alimentos, medicamentos, productos naturales de uso medicinal, productos higiénicos, cosméticos, entre otros.

“Este tipo de control se realiza con el objetivo de evitar que la población sea inducida de forma engañosa a consumir productos que podrían atentar contra su salud”, comentó Geovanna Estrella, Analista Zonal de Vigilancia y Monitoreo de Publicidad 1 de Arcsa.

El Art. 143 de la Ley Orgánica de la Salud, dicta que: “La publicidad y promoción de los productos sujetos a registro sanitario deberá ajustarse a su verdadera naturaleza, composición, calidad u origen, de modo tal que se evite toda concepción errónea de sus cualidades o beneficios, lo cual será controlado por la autoridad sanitaria nacional”; por este motivo, es importante dar a conocer a la población que antes de consumir un producto, debe verificar que este cuente con la debida Notificación o Registro Sanitario.

Arcsa invita a productores o propietarios de establecimientos que expendan cualquier tipo de producto de uso o consumo humano, a realizar la publicidad de sus productos, basados únicamente en las propiedades indicadas en el Registro Sanitario y no exagerar en sus beneficios, con el fin de evitar procesos sancionatorios.

 

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