Solicitud de registro de los organismos de inspección acreditados y sus inspectores, para el proceso de certificación de BPM para plantas procesadoras de alimentos.
Definición:
Proceso orientado a registrar en las bases de datos de la ARCSA a los organismos de inspección acreditados, por el servicio de acreditación ecuatoriano (SAE), previo análisis.
La solicitud se debe realizar previa a la ejecución de las inspecciones en buenas prácticas de manufactura.
Procedimiento:
- Los Organismos de Inspección con fines de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura para plantas procesadoras de alimentos, deberán acreditarse en el Servicio de Acreditación Ecuatoriano con el alcance en Inspección BPM alimentos.
- Los Organismos de Inspección con fines de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura para plantas procesadoras de alimentos, deberán registrarse en las instalaciones de Planta Central de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria – ARCSA.
- Llene la solicitud dirigida al Director Técnico de Buenas Prácticas y Permisos.
PROCESO PARA EL REGISTRO DE LOS ORGANISMOS DE INSPECCIÓN ACREDITADOS, CON FINES DE CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA PARA PLANTAS PROCESADORAS DE ALIMENTOS
- Los Organismos de Inspección Acreditados por él Servicio de Acreditación Ecuatoriano – SAE, deberán ingresar la solicitud en la ARCSA, a través del sistema que la Agencia implemente para el efecto o entregue la solicitud en la Secretaría General de Planta Central o de la Coordinación Zonal más cercana (conozca aquí las direcciones), adjuntando los siguientes requisitos:
a) Copia de la acreditación otorgada por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano – SAE, con el alcance: INSPECCIÓN DE PLANTAS PROCESADORAS DE ALIMENTOS BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA.
b) Listado de los inspectores vinculados al OIA, especificando si existen nuevos inspectores que no se encuentren registrados en la agencia (de ser el caso), el cual debe estar firmado por el Representante del OIA. El registro de inspectores en las bases de datos de la agencia, se realiza a través de otro proceso.
2. En 15 días laborables Arcsa emitirá una respuesta y de estar todo acorde a la normativa vigente, se realizará el registro.
VINCULACIÓN DE INSPECTORES
- Para el registro de nuevos inspectores en la agencia, el Organismo de Inspección Acreditado deberá verificar el cumplimiento de las Consideraciones generales detalladas en el punto 2.3 «De los inspectores», del «INSTRUCTIVO EXTERNO DIRECTRICES PARA LOS ORGANISMOS DE INSPECCIÓN ACREDITADOS CON FINES DE CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA PARA PLANTAS PROCESADORAS DE ALIMENTOS».
2. Posterior a esto, debe de ingresar la solicitud en la ARCSA, a través del sistema que la Agencia implemente para el efecto o entregue la solicitud en la Secretaría General de Planta Central o de la Coordinación Zonal más cercana (conozca aquí las direcciones), adjuntando los siguientes requisitos:
a) Formulario de registro para inspectores, por cada inspector vinculado al OIA (ver Anexo 1); con las firmas respectivas. (https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2023/08/IE-B.3.1.3.1-B.P.M-01-01_Direct.-para-los-OIA-con-fines-de-Cert.-BPM-v5.pdf)
b) Copia de los certificados de trabajo, certificados de los cursos y seminarios declarados en cada formulario, por cada inspector vinculado al OIA.
c) Carta compromiso emitido por el OIA, en donde indique que se ha revisado y verificado la información, perfil y experiencia del inspector a vincular; con las firmas correspondientes.
NOTA: No se permiten firmas pegadas como imagen. El archivo debe de estar con firmas físicas o con firmas digitales. De ser firma digital, se debe de poder confirmar la validez de la misma.
3. En 15 días laborables Arcsa emitirá una respuesta y de estar todo acorde a la normativa vigente, se realizará el registro.
Costo:
No tiene costo