Con la finalidad de garantizar la atención en salud a todos los ciudadanos durante las 24 horas del día y los 365 días al año, la Arcsa ha establecido los turnos que deben cumplir las farmacias a escala nacional para brindar sus servicios a los ecuatorianos.

Según lo establecido en la Ley Orgánica de Salud, en su artículo 166: “Las farmacias deben atender al público un mínimo de doce horas diarias, ininterrumpidas y cumplir obligatoriamente los turnos establecidos por la autoridad sanitaria nacional. Requieren obligatoriamente para su funcionamiento la dirección técnica y responsabilidad de un profesional químico farmacéutico o bioquímico farmacéutico, quién brindará atención farmacéutica especializada.”

Quienes deseen conocer las farmacias que se encuentren de turno pueden acceder a la información aquí

 

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