PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DEL CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA (BPM)
Procedimiento:
- Para iniciar el proceso de registro del certificado de BPM, el propietario/gerente o responsable técnico de la planta procesadora de alimentos, deberá seleccionar entre los Organismo de Inspección Acreditado registrado en la ARCSA.
- El propietario/gerente/representante legal o representante técnico de la planta procesadora debe comunicar a la ARCSA , mediante el sistema informático que se implemente para el efecto, en el término de veinte (20) días previos a la inspección, los siguientes datos:
- Razón Social, N° RUC,
- Dirección, N° de Establecimiento,
- N° de Planta, Tipo de inspección,
- Número de Seguimiento, fecha, hora, Nombre del OIA seleccionado y,
- El nombre del inspector designado a realizar la inspección.
- Revise el Instructivo Externo – Sistematización del proceso de Buenas Prácticas de Manufactura de alimentos procesados, el mismo que lo podrá obtener en el siguiente link: INSTRUCTIVO_BPM–IE-B.3.1.2-ALI-03_Sistematización-del-proceso-de-buenas-prácticas-de-alimentos-procesados
- Los derechos de certificación, de acuerdo a la categorización de la empresa son:
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Nota: La orden de pago tiene una vigencia de 10 días laborables, en caso de caducidad del documento se deberá reiniciar el proceso de registro u homologación del Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
- Las cuentas bancarias habilitadas para la cancelación de la orden de pago son:
A nombre de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
- Banco del Pacífico: Cuenta Corriente Nº 7693184.
- Banco de Fomento: Cuenta Corriente Nº 3001108015 (código sub-línea: 130113).
- El comprobante de depósito o transferencia y la orden de pago, debe ser enviado al correo electrónico facturacion@controlsanitario.gob.ec, la misma que será validada en término de 3 días laborables.
- El sistema automatizado de Buenas Prácticas de Manufactura para Alimentos, emitirá el Código Único BPM por el registro del certificado de Buenas Prácticas de Manufactura, emitido por el organismo de inspección acreditado.
Cualquier cambio de las condiciones en las que fue certificada la planta procesadora de alimentos, deberá ser notificado de inmediato por sus representantes a la ARCSA, quien dispondrá la inspección a que haya lugar, y la ampliación o cambio del certificado de buenas prácticas de manufactura. Si en cualquier etapa del proceso de inspección con fines de certificación del cumplimiento o verificación del mantenimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura, así como de los sistemas rigurosamente superiores, se encuentra que el informe emitido por los organismos de inspección acreditados no corresponde a las evidencias encontradas, la ARCSA notificará de inmediato a las instancias correspondientes para las acciones pertinentes.